Qué bueno que el secretario de Educación Pública, Emilio Chuayffet Chemor, entró al debate sobre los parquímetros en Coyoacán, porque ha abierto una oportunidad valiosa para revisar un tema en el que el país no está funcionando: la relación entre el patrimonio arqueológico, histórico y artístico con las ciudades.

 

La Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos data de 1972. Su reglamento de 1975. Con estos fundamentos, el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) suspendió la colocación de parquímetros en el Centro de Coyoacán, área que cuenta con una declaratoria de Zona de Monumentos Históricos desde 1990. No juzgaré el hecho, sino su relación con la conservación de los monumentos nacionales.

 

Para definir atribuciones, la ley es muy simple: lo arqueológico e histórico va para el INAH y lo artístico para el Instituto Nacional de Bellas Artes (INBA). Siglo XV para atrás es arqueológico, siglos XVI a XIX es histórico y siglo XX puede ser artístico. Hago la referencia al año 1972 porque al haber pasado 41 años de su promulgación, el parteaguas entre lo histórico y lo artístico no se ha movido.

 

En los últimos años ha habido demoliciones de obras catalogadas como artísticas, porque la ley no es clara en su protección, sólo lo es en su registro. Nos hacen falta procedimientos transparentes para la conservación o actualización del patrimonio histórico y artístico. ¿Podemos aceptar que de un edificio catalogado desaparezca o sólo sobreviva la fachada en un edificio moderno? Esto está sucediendo con mucha frecuencia y la ley no otorga facultades al INBA para frenar demoliciones.

 

Entre las grandes demoliciones recientes ejemplificaré con la Octava Agencia del Ministerio Público, ubicada en un inmueble catalogado como patrimonio artístico e identificado como el más antiguo de la colonia Narvarte. Allí se construye la ampliación de un centro comercial. Una de las versiones habla de que la fachada será restaurada, lo cual podría ser válido, pero la ley no es clara respecto a esta posibilidad.

 

El INAH tiene facultades no sólo sobre los monumentos sino también sobre las zonas históricas. Es el caso de los centros históricos de Coyoacán, Oaxaca, Ciudad de México, Puebla, entre otros. ¿Cuál es el criterio que está aplicando el INAH? No es claro, pero lo cierto es que tenemos las zonas históricas llenas de automóviles. En el caso de Oaxaca, el INAH se resiste a la peatonalización de calles y a la reducción de espacios de estacionamiento en la vía pública con argumentos que sobrepasan la conservación patrimonial.

 

¿Está aplicando el mismo criterio el INAH por la colocación de los parquímetros (uno por cuadra en promedio) en Coyoacán que para la colocación de estaciones de Ecobici en el Centro Histórico de la Ciudad de México? Cuando uno mira la Escuela Nacional de Restauración, Conservación y Museografía del INAH, frente al Ex Convento de Churubusco sabe que actúan con subjetividad. La escuela no respeta alturas ni estilo de la zona.

 

Las instalaciones del INAH en torno al Ex Convento se verán afectadas por la colocación de parquímetros por estar a tan sólo 100 metros del límite del polígono. ¿Pueden disociar sus intereses de su obligación de proteger el patrimonio histórico? Y si algún directivo del INAH viviera en Coyoacán ¿podrá disociar sus legítimos intereses de sus obligaciones con una legislación ambigua?

 

Los cascos urbanos medievales de Europa tienen parquímetros, pero también tienen el cableado subterráneo y los postes generalmente sirven sólo para la iluminación y para estacionar bicicletas. ¿Cómo andamos en México? Con una regulación inadecuada todas las compañías tienen incentivos para cablear en el aire, lo que exige postes y telarañas. ¿Cómo andamos con el ambulantaje, sitios de taxis, teléfonos públicos, propaganda y marquesinas en torno a los sitios y zonas históricos?

 

Si a Chuayffet le preocupa la instalación de un parquímetro por cada 20 lugares de estacionamiento, seguramente le preocupa que la política de conservación del patrimonio arqueológico, artístico e histórico se actualice, y que el INAH y el INBA definan criterios en relación con los problemas y políticas urbanos contemporáneos como el transporte público, el mobiliario urbano, los parquímetros, la bicicleta pública, el ambulantaje, la lluvia ácida, la fusión de inmuebles modernos y catalogados.