La defensa de Elba Esther Gordillo pretende que la Suprema Corte de Justicia de la Nación revise su caso para lograr su libertad, bajo el argumento de que ya ganó un primer amparo por los delitos de lavado de dinero y delincuencia organizada, por lo que debe ser considerada esa acusación como “cosa juzgada”.

 

Esa figura legal es equiparable a la de sentencia absolutoria, pues el amparo que le otorgó en su momento el Juzgado Cuarto de Distrito en la materia fue por las omisiones técnicas y procesales al momento de consignar el expediente, girar la orden de captura y dictarle el auto de formal prisión.

 

Por ello,  aunque los magistrados del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal, le hubieran ratificado el amparo no le permitía alcanzar su libertad inmediata como pretendían los abogados de la líder de maestros, por ello que solicitaron la atracción a la Corte para que revise el expediente, lo considere “cosa juzgada”, y así liberar a su cliente de la prisión de la Torre Médica de Tepepan, donde se encuentra desde el año pasado.

 

La estrategia de los abogados fue definida por la subprocuradora Jurídica y de Asuntos Internacionales de la PGR, Mariana Benítez Tiburcio, como “tácticas burdas y dilatorias”.

 

Entrevistada luego de la audiencia, la funcionaria federal reiteró, como ya lo había dicho hace 10 meses, que sigue abierta la investigación en contra de la ex líder magisterial, y que se está “analizando detallada y cuidadosamente la información” que se ha obtenido y de existir elementos suficientes, se le acusará de otros delitos.

 

Benítez Tiburcio confió en las investigaciones realizadas por la PGR en torno a Gordillo son sólidas y que las supuestas fallas técnicas y procesales del expediente, se tratan en realidad de una “confusión absoluta”.

 

Argumentos de la defensa

 

Marco Antonio del Toro Carazo, abogado de Gordillo, detalló que el incidente de sobreseimiento que promovieron ante el tribunal, le dará la oportunidad a la defensa de concluir con el asunto de una manera más rápida y definitiva, al darle el estatus de “cosa juzgada”,  equiparable  a  una sentencia absolutoria pero ello tendrá que determinarlo la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

 

“La diferencia entre una resolución de amparo y un sobreseimiento, es que una resolución da lugar, en este caso a una revocación del auto de formal prisión, en cambio un sobreseimiento tiene la eficacia de cosa juzgada, es como si hubiera terminado con una sentencia absolutoria, y eso es lo que busca esta defensa”, explicó el abogado.

 

Con base al amparo otorgado por el Juez Cuarto de Distrito en la materia, explicó, no se logró acreditar el lavado de dinero, pues no hay un origen ilícito de los recursos utilizados por la ex líder sindical.

 

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