Mientras el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos (IFAI) negó que la ley de telecomunicaciones vulnera la protección de datos, el órgano capitalino en transparencia sí consideró que la legislación es violatoria de este derecho, por lo que presentó un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

 

Por unanimidad, los comisionados del InfoDF, Mucio Israel Hernández Guerrero, David Mondragón Centeno, Luis Fernando Sánchez Nava y Alejandro Torres Rogelio, aprobaron el acuerdo para interponer el recurso ante la Corte por considerar que los artículos 189 y 190 de la referida ley violan el derecho a la privacidad y protección de datos.

 

Ayer, al entrar en vigor la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda podrá tener acceso a los datos de las líneas telefónicas, fijas y móviles, de todos los usuarios del país sin necesidad de contar con el aval de un juez.

 

Bajo argumentos de seguridad, dicha ley, a través de los artículos 189 y 190, obliga a los concesionarios de telefonía fija y móvil a conservar por dos años los datos de sus usuarios como nombre, origen y destino de la llamada, fecha y duración de la misma, entre otros.

 

Por lo anterior, los comisionados del InfoDF llamaron a los magistrados de la Suprema Corte a reflexionar sobre los alcances de estos artículos y a blindar el derecho de las personas a la privacidad.

 

Decepciona órgano federal

 

Para Gabriela Morales, coordinadora nacional de México Infórmate, es destacable que el InfoDF haya decidido promover la acción de inconstitucionalidad ante la Corte, al tiempo que lamentó que el IFAI no haya considerado lo mismo.

 

“Es positivo que haya un órgano que esté promoviendo está acción, pero es decepcionante que no se haya logrado la mayoría en el pleno del IFAI”, para acudir a la Corte, dijo a 24 HORAS.

 

Para Morales Martínez, ir a la Corte para pugnar por la protección de datos “era la primera prueba a la que se enfrentaba en nuevo pleno del IFAI para ver si realmente se está entendiendo como un órgano de protección de derechos”.

 

Consideró que el hecho de que el IFAI haya determinado no promover la acción de inconstitucionalidad pone en duda la garantía de que proteja los datos personales de los mexicanos.

 

“Sobre todo por la manera en que se justificó el determinar no promover la acción de inconstitucionalidad diciendo que el Instituto no tenía la legitimación para hacerlo, siendo que es el único órgano que está facultado para proteger los datos personales”, acusó.