En días pasados el Senado aprobó el proyecto de reforma política para el Distrito Federal, pero por fortuna en la Cámara de Diputados decidieron no dar la ligereza que los senadores demandaban para su análisis.

 

La reforma política del DF es algo largamente esperado. Por décadas hemos hablado de la conveniencia o no de constituir el estado 32 y de darle a las delegaciones atribuciones municipales. Sin embargo, creo que más que llegar a un consenso, los senadores apostaron por el proyecto que “podía salir” para colgarse las medallas correspondientes y dar algunos cargos públicos a sus huestes.

 

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Siendo francos, no me preocupa mucho si vamos al estado 32 con las mismas atribuciones que los otros 31, si nos llamamos Estado de Anáhuac o Ciudad de México, o si seguimos siendo el Distrito Federal. Lo que me preocupa es que los legisladores no se den cuenta que lo que discutían era justo la relación entre la capital y el país, y que no tenían por qué excederse y definir otros elementos distintos al objeto de la reforma.

 

Me refiero a tres puntos de la reforma política del Distrito Federal:

 

  1. Las políticas metropolitanas. 2. La integración de las alcaldías. 3. La imposición de 40% de los diputados constituyentes.

 

En la reforma política se determina la creación de un Consejo de Desarrollo Metropolitano que regirá para la Ciudad de México y sus municipios conurbados. Necesario sin duda, tanto como otros organismos metropolitanos en otras zonas metropolitanas. Éstos no quedan definidos en la Constitución. Es decir, la reforma no disocia el dilema de ser capital del dilema de la metropolización de 60 ciudades en México. Si vamos a entrarle al tema metropolitano, adelante, pero para todas las zonas metropolitanas del país.

 

El artículo 122 de la Constitución mexicana, de aprobarse, iniciará así: “La Ciudad de México es una entidad federativa que goza de autonomía en todo lo concerniente a su régimen interior y a su organización política y administrativa”. Sin embargo, casi cada párrafo va definiendo el régimen interior y la organización política y administrativa. La reforma, por ejemplo, pretende detallar que haya de 10 a 15 concejales en las “alcaldías” que sustituirán a las delegaciones. ¿Por qué no 9 o 16? También detalla que para la conformación de las planillas habrá de 7 a 10 candidatos con sus respectivos suplentes ¿qué le importa a los legisladores federales la conformación de planillas o la cantidad de concejales, o incluso el nombre mismo de “alcaldías”? La reforma va más allá de la definición de la relación entre México y su entidad capital.

 

La reforma considera la instalación de un constituyente, algo que comparto, pero establecen que 40% de los constituyentes será designado. ¿Pretenden que la Ciudad de México sea una democracia o una región administrativa como Hong Kong?

 

No encuentro ninguna razón para que los votos de los capitalinos valgan sólo 6 décimas de voto para el constituyente. Es indignante. La relación entre la Federación y la capital se define en la Constitución, no puede estarse definiendo de manera continuada como si fuéramos el departamento que ya no somos.

 

Los 31 estados deben evitar su injerencia en los asuntos internos de la entidad capital. Nombrar a 40% de los constituyentes es antidemocrático e inaceptable. Esperemos que la Cámara de Diputados devuelva la minuta al Senado con observaciones en los sentidos que hemos abordado en este texto.