La Sala Superior del TEPJF confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM), que declaró inexistente la violación a la normatividad electoral atribuida al gobernador, Eruviel Ávila, y al jefe de la Oficina de la Presidencia de la República, Francisco Guzmán, entre otros.

 

Ello, luego del juicio de revisión constitucional electoral presentado por Ricardo Moreno Bastida en representación del partido Morena, por el presunto uso indebido de recursos públicos, presión y coacción al voto a favor del Partido Revolucionario Institucional (PRI), mediante la utilización de programas sociales.

 

Además, por la presunta promoción personalizada de diversos servidores públicos, derivado de la realización de los eventos denominados “Feria Integral de Servicios” en los municipios de Huixquilucan y Zinacantepec.

 

En sesión pública, el Pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) acordó declarar infundada la queja de Morena, en la que argumenta que el Tribunal local “se olvidó” de tomar en consideración todos los informes rendidos por las autoridades y los elementos de prueba.

 

Además, el proyecto de resolución elaborado bajo la ponencia de la magistrada presidenta Janine M. Otálora Malassis, consideró infundado “lo alegado por el partido político en el sentido de que en el video que ofreció como medio de prueba técnica, se acreditó que las mencionadas ferias tuvieron la intención de posicionar al PRI”.

 

La Sala Superior consideró que tal y como lo estimó el Tribunal local, “el video, como prueba técnica, es insuficiente por sí solo para acreditar lo que pretenden los denunciantes dada su naturaleza, además de que no hay otros elementos por los que se pudiera llegar a una conclusión diversa”.