Los seis consejeros y la presidenta del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Chiapas tendrían, por ley, que ser destituidos de sus cargos por poner en riesgo el proceso electoral al no obligar a los partidos a respetar la paridad de género y, con ello, causar la sustitución de la mayoría de candidatos a presidentes municipales a tan sólo 11 días de los comicios.

 

Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la mayoría de candidaturas en Chiapas y ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) investigar la falta grave en la que incurrieron los consejeros electorales al no respetar la norma constitucional sobre registrar mitad de hombres y mujeres en las candidaturas para alcaldes y diputados.

 

La posición de los magistrados es que el INE utilice su facultad de rectoría de los Organismos Públicos Locales Electorales (Oples), conferida en la reforma electoral e inicie el proceso de remoción de los consejeros chiapanecos al aplicar los artículos 32 y 102 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe).

 

“Entre las facultades del Instituto Nacional Electoral en términos del artículo 32, párrafo dos, inciso b), están las de elección y remoción del Consejero Presidente y los Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales. Discúlpenme que lo diga de manera tan cruda, pero esa es la verdad”, dijo el magistrado Flavio Galván, lo cual, fue apoyado por sus compañeros.

 

En concreto, el INE podría aplicar las causales de remoción de consejeros locales contenidas en el artículo 102 de la ley electoral, entre las que se encuentra la “notoria negligencia, ineptitud o descuido en el desempeño de las funciones o labores que deben realizar”.

 

Además, otra de las causales para removerlos es “violar de manera grave y reiterada las reglas, lineamientos, criterios y formatos que emita el instituto”.

 

El TEPJF determinó en su sentencia SUP-REC-294/2015 que los consejeros electorales de Chiapas incurrieron en una negligencia grave al permitir que los partidos colocaran a mayoría de hombres como candidatos, por lo que dieron vista al INE para que inicie el proceso correspondiente.

 

De acuerdo con el magistrado Galván, “los partidos políticos tenían este deber jurídico, todos han incumplido, me parece sumamente grave que los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Chiapas no hayan hecho cumplir la normativa vigente”.

 

El magistrado del TEPJF consideró que “hay una responsabilidad terrible en los Consejeros (de Chiapas). Es necesario que el órgano responsable de su designación (el INE) conozca de su actuación. No se puede con esa ligereza llevar a cabo el cumplimiento de la función estatal de organizar elecciones”.

 

Y aunque la omisión de los consejeros chiapanecos impactará en la organización de los comicios en Chiapas y pondrá en aprietos a los partidos, Flavio Galván manifestó que es “momento todavía de reparar el agravio ocasionado, de poner orden constitucional y legal en este procedimiento electoral que está a punto de llegar al momento culminante de la jornada electoral”.