Luego de que la Suprema Corte de Justicia negó el amparo promovido por la Red en Defensa de los Derechos Digitales, y avaló la disposición de la Ley de Telecomunicaciones que ordena a las empresas de telefonía guardar por dos años los metadatos de todos sus usuarios.

 

Además, el máximo tribunal determinó también que las autoridades sólo podrán tener acceso a estos datos después de obtener la orden de un juez.

 

Por unanimidad y sin discusión, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia ratificó el criterio del pleno, respecto a que la geolocalización en tiempo real, de un celular o computadora, puede ser solicitada por una autoridad a cualquier empresa de telecomunicaciones sin necesidad de una orden judicial.

 

De esta manera, la Corte rechazó el amparo promovido por la red en defensa de los derechos digitales, quien argumentaba que este tipo de medidas violan la privacidad de los ciudadanos.

 

Ante la decisión de la Corte, el director de la red, Luis Fernando García, anunció que acudirán a instancias internacionales.

 

“Con esta decisión, la Suprema Corte se aparta de la tendencia internacional de los estándares internacionales de derechos humanos y es por eso que, después de esta decisión y una vez que nos sea notificada, acudiremos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”.

 

tpc