El Pleno de la Cámara de Diputados, lleva a cabo la discusión para expedir la Ley de Ingresos de la Federación 2018, el cual contempla recursos por cinco billones 279 mil 667 millones de pesos, que significa un incremento de 43 mil 291 millones de pesos, respecto de la propuesta realizada por el Ejecutivo al Legislativo.

 

En el dictamen a discusión, se contempla un ajuste al tipo de cambio y al precio del petróleo, por lo que la propuesta es que el precio por barril pase de 46 a 48.5 dólares, es decir 2 y medio pesos más. Y las expectativas del tipo de cambio también aumentaron, de 18.1 a 18.4 pesos por dólar.

 

Ante la eficiencia recaudatoria que consideran los diputados, debe tener el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se contempló un incremento en los Ingresos de 43 mil 291 millones de pesos, respecto a la propuesta enviada por el Ejecutivo el pasado 8 de septiembre.

 

A propuesta del PRD se busca modificar el techo de endeudamiento del gobierno de la Ciudad de México, el cual era de 4.5 mil millones de pesos en la propuesta original, y se elevó en mil millones, de manera que quedará en 5 mil 500 millones de pesos.

 

Asimismo, en el proyecto, se establece la obligación que tendrá el Ejecutivo de reportar el gasto de inversión que no se contabilizará para efectos del equilibrio presupuestario en los informes trimestrales.

 

Otro cambio a la propuesta original tiene que ver con el estímulo a la importación de diésel, biodiesel y sus mezclas, el cual debe aplicar tanto a la producción nacional como a la importación, derivado de la apertura que hay en el país.

 

HABRÁ APOYOS ESPECIALES POR SISMOS

 

Con el fin de atender la emergencia registrada por los sismos de septiembre pasado, en el proyecto de Ley de Ingresos se contemplan medidas fiscales que sirvan como complemento a los apoyos que se distribuyen a través de los fondos públicos para la atención de los desastres naturales dirigidos a la reparación o reconstrucción de los daños, con la finalidad de que los recursos con los que cuenten puedan ser canalizados y aprovechados en mayor medida para la reparación o recuperación de los daños a su patrimonio.

 

Estas medidas fiscales consideraron desde la liberación de la obligación de efectuar pagos provisionales, diferimiento de los pagos bimestrales para el caso de los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal, diferimiento hasta en tres parcialidades de los pagos del impuesto al valor agregado y del impuesto especial sobre producción y servicios, diferimiento hasta en tres parcialidades del entero de las retenciones por salarios y hasta la posibilidad de realizar la deducción inmediata de las inversiones efectuadas en bienes nuevos de activo fijo en las zonas afectadas.

 

Además, para las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y para algunos municipios de los Estados de Morelos, Puebla y Tlaxcala, se estableció el beneficio de que las personas que perdieron totalmente sus hogares como consecuencia de los sismos referidos, no paguen el impuesto sobre la renta por los ingresos que reciban producto de la venta del terreno en donde se encontraba albergada su casa habitación.

 

Asimismo, no se considerarán ingresos acumulables para efectos de dicho impuesto, los apoyos económicos o monetarios que reciban dichos contribuyentes provenientes de personas morales o fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en términos de la referida Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

En consideración a que existen diversas personas físicas, morales e instituciones y organismos internacionales, que pretenden otorgar donativos a organizaciones civiles y fideicomisos para que sean destinados a las personas afectadas por los sismos ocurridos en el país durante el mes de septiembre, y con el fin de agilizar el trámite de las donaciones, se exime a las citadas organizaciones civiles y fideicomisos de la obligación de solicitar la autorización contemplada en la resolución miscelánea fiscal, por un periodo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2018.

 

Con la finalidad de que se conozca el destino que se les da a los donativos, se propone robustecer la información relativa a los ingresos y gastos de las donatarias que se deberá dar a conocer y entregar por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, lo que permitirá transparentar la actuación de las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles; incluso, esta medida también permitirá transparentar el destino de los donativos que con motivo de los lamentables hechos ocurridos en México por los sismos del pasado mes de septiembre han recibido las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles para apoyar a las personas afectadas por los citados sismos.

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