Por mayoría de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia revocó una resolución del Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) que ordenaba hacer pública información sobre lugares, rutas, así como horas de salida y llegada de las aeronaves de la flota aérea de la Presidencia de la República.

 

El argumento central fue que ese tipo de datos representa un riesgo para la seguridad nacional, a propósito de la integridad física del titular del Ejecutivo Federal.

 

Los ministros declararon procedente y fundado el recurso de revisión que interpuso la Consejería Jurídica de la Presidencia contra el INAI.

 

“Salvaguardar la seguridad personal del Presidente de la República, en su caso, a las personas que viajan con él, los temas de inteligencia y contra inteligencia que también se aducen, y desde luego garantizar que, con información que se pudiera obtener de distintos viajes o distintos itinerarios, pudiera tenerse un perfil que pudiera ser vulnerable la seguridad del Presidente de la República en cuanto a este tipo de traslados”, señaló Jorge Mario Pardo Rebolledo, ministro de la Suprema Corte.

 

Por su parte, el ministro José Ramón Cossio dijo: “Creo que se debía confirmar la resolución del INAI sigo creyendo que es un recurso de legalidad que promueve la autoridad para restringir un derecho humano”.

 

El Ministro ponente había propuesto que los lugares de partida y de destino no representaban un atentado contra la seguridad nacional. Sin embargo, la propuesta fue rechazada.

 

“El dar a conocer únicamente los lugares de origen y destino no daña o no es una afrenta a la seguridad nacional y sí aporta a la transparencia y rendición de cuentas del uso de recursos públicos, expresó el ministro Javier Laynez Potisek.

 

El INAI resolvió el pasado 1 de marzo que Presidencia debería de entregar la información relativa a los vuelos de la flota de aeronaves presidenciales entre el 1 de enero de 2011 al 5 de octubre de 2016. Sin embargo, la Consejería Jurídica de la presidencia impugnó dicha decisión ante la SCJN que durante la sesión de este lunes resolvió, por mayoría de votos, revocar la resolución del INAI.

 

fahl