El Pleno de la Suprema Corte estableció el tope de deducciones, el monto máximo de cantidades a deducir para personas físicas por gastos personales, el cual será menor a los 100 mil pesos.

 

De acuerdo con las reformas fiscales que entraron en vigor el Primero de Enero ahora las personas físicas solo podrán deducir el Impuesto Sobre la Renta, por gastos personales equivalentes al monto de cuatro salarios mínimos generales, vigente en cada región, multiplicado por los 365 días del año.

 

En este caso la región A, que es la que tiene el mayor monto del salario mínimo, podrá deducir el ISR por gastos personales sólo por 98 mil 943 pesos con 40 centavos.

 

En este sentido la SCJN reconoció las facultades constitucionales del Congreso de la Unión para construir esquemas de tributación confórmeme mejor considere conveniente, y en este caso no le corresponden a la Corte discutir sobre si es el mejor esquema fiscal o no, simplemente que la diputación cuenta con la personalidad constitucional para hacer las leyes.