La póliza contratada por la Sobse es válida sólo por los daños que causen a los automóviles los baches ubicados en la red vial primaria, además de que el automovilista deberá acreditar una serie de requisitos como que no conducía en estado de ebriedad o contar con licencia para conducir vigente.

 

Los daños que indemnizará la Sobse pueden ser los causados por señalamientos, baches, coladeras, elementos de alumbrado público, alcantarillados en mal estado, semáforos, respiraderos, entre otros, todo sólo en la red vial primaria.

 

Para hacer efectiva la póliza se requiere el deslinde de responsabilidades por parte del juzgado cívico o ministerio público y cuyo dictamen debe ser a favor del ciudadano; la reclamación no será válida si el conductor iba en estado de ebriedad o bajo el uso de psicotrópico o si infringió el Reglamento de Tránsito.

 

En caso de que el conductor no sea el propietario del vehículo, deberá presentar una carta poder con testigos e identificaciones de los que intervienen.

 

Los requisitos que se deberán cumplir son: denuncia ante el juzgado o ministerio público por el daño causado; escrito dirigido a la Dirección General de Servicios Urbano solicitando la reparación del daño.

 

Presupuesto por una casa comercial o agencia a favor del afectado o dirigido al Gobierno del Distrito Federal, desglosando daños materiales, refacciones y mano de obra.

 

Si se realizaron erogaciones para reparar el daño, deberá sustentar por escrito la causa y anexar facturas originales a su nombre o recibo por concepto de pago de deducible cuando se haya recurrido a su seguro.

 

Otros requisitos son copia de factura o carta factura a su nombre o endosada; copia de tarjeta de circulación del vehículo afectado; copia de licencia de manejo; copia del IFE, comprobante de domicilio y fotografías del accidente y/o de los bienes dañados.