En Chiapas, el juez Juan Marcos Dávila Rangel sobreseyó las causas penales que existían contra el subcomandante Marcos y doce integrantes del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) por la comisión de los delitos de sedición, motín, rebelión, terrorismo y conspiración, derivados del alzamiento armado del 1 de enero de 1994.

 

La decisión del titular del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas precisa que el sobreseimiento se debe a que prescribió el plazo legal para poder juzgar al subcomandante y los otros 12 zapatistas.

 

Al sub marcos además se le imputaba portación y transmisión de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, provocación de un ilícito y apología de un delito.

 

En un comunicado, se informó que “la determinación judicial se basa en el artículo 101, del Código Penal Federal que establece que la prescripción es personal y para ella, bastará el simple transcurso del tiempo señalado por la ley, produciendo sus efectos, aunque no lo alegue como excepción el inculpado, ya que los jueces la suplirán de oficio, en cuanto tengan conocimiento de ella, sea cual fuere el estado del proceso”. (Con información de Quadratín)