El Senado de la República impulsa una iniciativa de reformas a la Ley Federal de Extinción de Dominio que busca restituir los bienes muebles e inmuebles a quienes fueron víctimas de la delincuencia organizada y que por presiones tuvieron que ceder sus propiedades al crimen organizado ante Notario Público.

 

El vicepresidente de la Mesa Directiva del Senado, Arturo Zamora Jiménez presentó en la sesión ordinaria del Senado dicha iniciativa, la cual fue publicada en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara alta y fue turnada a la Comisión de Justicia para su análisis.

 

El documento destaca que a pesar de los avances que prevén dicha ley y otras como la General para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, contemplan fondos para la reparación del daño a las víctimas u ofendidos del delito, no prevén la protección integral de sus derechos.

 

“En numerosos casos, con motivo de las actividades delictivas, los particulares llevan a cabo la transmisión de derechos reales sobre bienes muebles e inmuebles a favor de sus victimarios o de un tercero a indicación de éstos.

 

Ello, “cumpliendo con todos los requisitos y formalidades legales, sin que, obviamente, medie contraprestación alguna, o bien en condiciones sumamente lesivas”, destaca la iniciativa.

 

Además, dichas enajenaciones se realizan con un evidente vicio de la voluntad, y por tanto serían anulables por la vía civil.

 

También es cierto que las víctimas u ofendidos difícilmente pueden llevar a cabo acción alguna para revocarlas, en tanto no se haya ejercido acción penal en contra de los delincuentes, en primer lugar, por el temor a represalias mientras éstos se encuentren en libertad.

 

El senador del Partido Revolucionario Institucional (PRI) expuso que con la reforma que se plantea, la víctima puede acudir ante el Ministerio Público para solicitar se ejercite la figura de extinción de dominio para que le sean restituidos.

 

Asimismo, en los casos en que la autoridad realice el proceso de extinción de dominio, el particular afectado podrá tener la confianza de reclamar su derecho, con la certeza de que la intervención de la propia autoridad permitirá contar con los medios probatorios idóneos, al tiempo que minimiza el riesgo para su integridad personal.

 

 

La iniciativa busca terminar con lagunas legales que han frenado la recuperación de bienes por parte de víctimas, sobre todo delitos como secuestro, quienes pagaron el rescate de algún familiar por medio de la entrega de casas, terrenos, huertas, ranchos, vehículos y ganado, incluso ante Notario Público.

 

El legislador por Jalisco expuso que la extinción de dominio reviste muchas otras ventajas, ya que permite ejercer dicha acción patrimonial sobre cualquier bien, independientemente de quien lo tenga en su poder, o lo haya adquirido.

 

Además de que se puede ejercer aun cuando no se haya determinado la responsabilidad penal de quien lo obtuvo de manera ilegal y no se cancela por la muerte del o los probables responsables.

 

“Debe establecerse en favor de las víctimas u ofendidos la presunción de que tienen derecho a la restitución de los bienes, siempre que no se acredite que la transmisión de la propiedad se hizo mediante el pago de una contraprestación, o el monto de la misma resulte evidentemente lesiva”, añade la iniciativa.

 

La reforma a los artículos 5, 11, 20, 22, 24, 34, 45 y 53 de la Ley Federal de Extinción de Dominio, añade que se presumirá que la víctima u ofendido tiene derecho a la restitución cuando la transmisión de la propiedad de los bienes se haya realizado sin mediar contraprestación alguna, que ésta resulte lesiva, o no sea posible acreditar el pago.