Las comisiones unidas de Agua Potable y Saneamiento y de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados aprobaron el dictamen de la Ley General de Aguas, la cual impone la obligación del Estado de garantizar un abasto de por lo menos 50 litros de agua al día por persona, además de abrir la posibilidad de concesionar la prestación del servicio público de agua potable.

 

“Lo fundamental de esta nueva ley es considerar el acceso al agua como un derecho humano, en torno a eso  gira en su mayor parte. Se tiene que trastocarse muchas cosas, las responsabilidades de los tres niveles de gobierno, el determinar el mínimo vital por habitante, la forma en cómo se va a cumplir ese derecho”, dijo el coordinador de la comisión de Agua Potable y Saneamiento, Kamel Athie Flores.

 

Entre los cambios que presenta esta nueva ley está el reconocimiento del derecho humano al agua y pone a este recurso natural como un tema de seguridad nacional. Se estipula un mínimo vital de 50 litros diarios por persona, cantidad que debe de ser suficiente para su consumo personal y doméstico.

 

Esta cantidad de mínimo vital fue criticada por el coordinador de la comisión de Recursos Hidráulicos, Gerardo Gaudiano, quien señaló que es insuficiente ya que la Organización Mundial de la Salud recomienda que sea de 100 litros diarios.

 

En el Capítulo II del Título Séptimo, la propuesta de ley indica que por uso urbano se entiende la prestación del servicio público de agua potable, en asentamientos humanos y centros de población, a través de la red municipal, siendo que la explotación puede ser por las autoridades municipales o los sujetos autorizados por la ley, incluidos los particulares.

 

“En muchos artículos se le da participación a la iniciativa privada, es una posición irreductible del grupo. A eso nosotros no podemos ir, se sometió a votación y la posición del grupo es ir en contra”, dijo Gaudiano.

 

El dictamen, también se proponen la creación de dos nuevos organismos: el Sistema de Coordinación para el Establecimiento de Tarifas de Servicios Públicos y un ente regulador que vigile y supervise los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales

 

Se contemplan multas que van desde los 200 hasta los 50 mil salarios mínimos vigentes en el Distrito Federal, aunque cuando la violación a la ley sean considerados como graves no podrán ser inferiores a los mil 500 salarios mínimos.

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