La Asamblea Constituyente aprobó que todas las personas tienen derecho a un mínimo vital para asegurar una vida digna, que habrá mecanismos para hacer efectivo ese derecho y que se dará prioridad a las personas en situación de pobreza.

 

Además, determinó que el mecanismo operará bajo criterios de progresividad, con los indicadores que determine el organismo constitucional federal competente y las metas evaluables que fije el organismo local correspondiente.

 

“La legislación en la materia contendrá los criterios y procedimientos para los programas sociales públicos, las transferencias monetarias y los demás instrumentos que se apliquen, asegurando el uso eficaz y transparente de los mecanismos financieros que para el efecto se dispongan”, se informó en un comunicado.

 

En este nuevo concepto -planteado inicialmente por la diputada Constitucionalista y ex ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Olga Sánchez Cordero-, se engloban los montos económicos que se determinen y los programas sociales ya vigentes.

 

La discusión del tema se dio durante la sesión del Constituyente que inició la víspera y en la que se abordaron los temas en los que ya se habían alcanzado consensos.

 

Sin embargo, se modificó el proyecto original apoyado por las comisiones de Carta de Derechos y de Desarrollo Sostenible y Planeación Democrática, que establecía un ingreso básico universal, el cual representaba la entrega de recursos a todas las personas de la Ciudad de México, sin ningún tipo de distingo, desde su nacimiento.

 

El tema provocó una oposición de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y Encuentro Social, quienes argumentaron que no existían los recursos para financiar esa prestación.

 

Durante la votación no se logró la mayoría calificada por lo que fue turnada a comisiones para una nueva dictaminación.

 

El tema llegó a la Mesa de Consulta, en la que confluyen los coordinadores de los 10 grupos parlamentarios y después de varias sesiones de discusión se alcanzó el consenso a partir de una propuesta del PRI.

 

Al respecto, Porfirio Muñoz Ledo, del grupo parlamentario Constitucionalista, consideró que a pesar de tratarse de un texto “churrigueresco”, prácticamente ininteligible, si no se apoyaba “nos quedamos sin nada”.

 

“Estamos entre la espada y pared”, dijo, al proponer que se hiciera un texto más breve, actualizado y decente jurídicamente.

 

En tanto, Clara Jusidman se pronunció en contra bajo el argumento de que solo se establecía que deberían tomarse en cuenta los indicadores de una institución federal, sin considerar al Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva, previsto por la Constitución para la ciudad.

 

Como ocurrió en toda la discusión de la Constitución, los diputados de Morena, Jaime Cárdenas e Irma Eréndira Sandoval, se manifestaron en contra por considerar que el mínimo vital no es la renta básica.

 

Durante una de las últimas sesiones de la Asamblea Constituyente, los legisladores se avocaron al análisis de todos los temas pendientes de resolver, que no habían alcanzado mayoría calificada para ser incorporados a la Constitución.

 

Otro de esos asuntos fue el derecho a la salud, en la parte relacionada con la voluntad anticipada, el cual no obtuvo la mayoría calificada en su momento, luego de que el diputado de Acción Nacional, Carlos Gelista, presentó una reserva para “dar significado al término muerte digna”, que ya había sido aprobado con anterioridad.

 

El concepto se refiere al derecho de las personas a determinar el momento de su muerte, y Gelista proponía que se equiparara la muerte digna con voluntad anticipada.

 

Tampoco se llegó a un acuerdo en la Comisión de Carta de Derechos, por lo que se propuso una redacción alternativa en la Mesa de Consulta con la que se dejó a salvo el derecho a la muerte digna, plasmado y aprobado en el Artículo 11 de la Constitución; el Artículo 14, apartado D, numeral 6, en los términos siguientes:

 

“Se respetará en todo momento el derecho fundamental a la autodeterminación personal, la autonomía, así como las decisiones libres y voluntarias del paciente a someterse a tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar de manera innecesaria su vida, protegiendo en todo momento su dignidad. Para ello se estará a lo que disponga esta Constitución y las leyes”.

 

Esta redacción contó con el apoyo de la mayoría calificada del Pleno.

 

jram