Organizaciones civiles mexicanas tendrán audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el próximo 20 de marzo para denunciar lo que ellos consideran riesgos a los derechos humanos, económicos, sociales y culturales en México derivados de la reforma energética. Esta reunión tendrá lugar en el contexto del 154 Periodo de Sesiones de la CIDH en Washington, DC.

 

“El objetivo de la audiencia es presentar cuáles son los riesgos de la reforma energética y lo complicado del panorama, ante un contexto de violaciones graves a derechos humanos”, señaló Aroa de la Fuente, integrante de Fundar, una de las organizaciones que solicitaron la audiencia.

 

Según De la Fuente, tuvieron que recurrir a la CIDH luego de que en México se les cerraran las puertas para presentar sus argumentos contra la Reforma. En primera instancia interpusieron una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos que al final la rechazó por tratarse de un tema presupuestario; el otro intento fue la propuesta de consulta popular, igual rechazada por la Suprema Corte.

 

Por su parte, Juan Antonio López, integrante de ProDESC, Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, explicó que la violación de derechos humanos está en el artículo 8 transitorio de la reforma constitucional, que considera a las actividades para la exploración y aprovechamiento de hidrocarburos y la generación de energía eléctrica con preponderancia sobre cualquier otro uso debido a su carácter estratégico.

 

“Este artículo es claramente violatorio de los derechos humanos, pues pone a los hidrocarburos y energía eléctrica por encima de cualquier derecho humano reconocido por la Constitución y otros tratados internacionales”, comentó.

 

Con el amparo de este artículo, añadió Antonio López, las petroleras o las empresas de generación eléctrica pueden declarar cualquier predio con potencial energético y así obtener un permiso de explotación, aún sin el permiso de los dueños.

 

También la minería

 

Esta cláusula también la podrán usar las mineras, ya que con en la reforma energética el gas de carbón pasó de ser un recurso mineral a un hidrocarburo, por lo que la minería entra con el carácter de interés público.

 

“Las empresas interesadas en el uso de las tierras podrán en primer término negociar con los propietarios la compra, la servidumbre o la ocupación superficial de las tierras, y en caso de no llegar a un acuerdo entre las partes podrán recurrir ante el juez de distrito o un tribunal agrario para que decrete la servidumbre legal”, explicó López.

 

También existe preocupación por el agua, ya que la propuesta de la Ley General de Aguas que se aplazó en el Congreso aprueba que para la exploración del gas asociado con el carbón mineral se use este líquido.

 

“Una concesión mineral otorga a sus beneficiarios el derecho a la exploración o explotación de los minerales y sustancias asociados de ellos. Asimismo otorga el derecho de aprovechar las aguas provenientes del laboreo de las minas para la exploración o explotación de los minerales o sustancias que se obtengan”, añadió.

 

Puntos clave 

 

Desde 2013 se comenzó a delinear lo que desembocó en la promulgación de la ley que podría definir el sexenio de Enrique Peña Nieto en términos económicos y estructurales.

 

Apertura en petróleo y gas. La reforma y sus leyes secundarias permiten que empresas privadas, nacionales o extranjeras, inviertan en México en la exploración y explotación de hidrocarburos: petróleo, gas y sus derivados.

 

Desde la expropiación petrolera de 1938, estas actividades eran exclusivas del Estado.

 

Ocupación de terrenos. La Ley de Hidrocarburos contempla la posibilidad de que el área contractual otorgada a un particular abarque terrenos en poder de un propietario. En ese caso, para poder iniciar sus actividades, el contratista tendrá que llegar a un acuerdo con el dueño de la tierra, ya sea de compraventa o para permitir el uso por medio de las figuras de servidumbre legal, ocupación temporal o afectación superficial.

 

Fracking. En relación con el punto anterior, la ley también abre la puerta a la explotación de gas de esquisto o shale, que se obtiene mediante una práctica conocida como fractura hidráulica o fracking. Esto consiste en perforar la tierra e introducir agua y químicos a presión para sacar el hidrocarburo.