Pues ya lo dijo el senador Emilio Gamboa: vamos a aprobar la Legislación Anticorrupción en el periodo extraordinario de sesiones. Y hay que creerle porque es hombre de palabra. Además de que lo suyo, lo suyo, siempre ha sido la negociación.

 

Dicen los que saben de este importante asunto, que derivado de las diversas reuniones de trabajo que se han llevado a cabo en los últimos días entre senadores y representantes de la sociedad civil, promotora de la iniciativa conocida como 3 de 3, que los principales acuerdos  logrados en la legislación anticorrupción son:

 

Se desarrolla el Sistema Nacional Anticorrupción previsto en la Constitución  Federal, el cual aglutinará a todas las autoridades nacionales que, directa e indirectamente, inciden en el combate contra la corrupción; será presidido por un miembro del Comité de Participación Ciudadana, que, a su vez, estará integrado por representantes de la sociedad civil. Habrá sistemas locales de anticorrupción espejos en las entidades federativas.

 

El Sistema Nacional Anticorrupción es un instrumento institucional que tiene por objeto generar inteligencia para atacar las causas de la corrupción. También diseñará, dará seguimiento y evaluará las políticas públicas nacionales que incidan en la prevención y en el combate de la corrupción.

 

Todos los servidores públicos presentarán tres declaraciones, mismas que podrán ser verificadas por las autoridades competentes: la patrimonial, la de intereses y la fiscal. Las declaraciones serán públicas. En el caso de la patrimonial, se publicará una versión que proteja el derecho a la vida privada y los datos personales.

 

Se creará un Registro Nacional Patrimonial de los Servidores Públicos y de Intereses, que llevará el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción mediante su secretario ejecutivo.

 

Se fortalecen las facultades de la Auditoría Superior de la Federación y, a su vez, se crea un sistema nacional de fiscalización que será un subsistema dentro del mismo sistema. La ASF tendrá la atribución para fiscalizar los recursos públicos que se aporten a fideicomisos, fondos, mandatos, asociación público-privada o cualquier otra figura jurídica que se utilice para realizar operaciones con dichos recursos. O sea, que ahora sí van a aplicar la estrategia “follow the money”.

 

La legislación contempla un catálogo de faltas administrativas tendientes a combatir hechos de corrupción, tanto para servidores públicos como para privados, mismos que serán resueltos por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que contará con una sección especial y especializada en la materia, y por los tribunales locales de justicia administrativa.

 

El catálogo de faltas administrativas graves incluye 12 conductas: cohecho, peculado, desvío de recursos públicos, daños al patrimonio de la nación, utilización indebida de información, abuso de funciones, actuación bajo conflicto de interés, contratación indebida, enriquecimiento oculto, ocultamiento de conflicto de interés, tráfico de influencias, encubrimiento y desacato.

 

Para los particulares, el documento considera cinco faltas graves: soborno, participación ilícita en procedimientos administrativos, tráfico de influencias, utilización de información falsa y colusión.

 

Disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia serán los principios que establezca la legislación, a los cuales se deben sujetar los servidores públicos.

 

Por lo que se observa a simple vista, los senadores trataron de que la coladera, por donde la corrupción tanto de los servidores públicos como del sector privado se ha colado durante décadas, tenga la menor cantidad de agujeros.