Foto: Reuters / archivo Aunque el capítulo 32.10 habla de la restricción para firmar tratados comerciales con países “no comerciales”, como China, Juan Pablo Castañón y Moisés Kalach coincidieron que sólo se trata de “cláusula de consulta” a los socios. El TPP complementa lo no acordado en el USMCA, explicaron  

Nuevo acuerdo no restringe el sumar a China

El nuevo Acuerdo Estados Unidos-México-Canadá (USMCA, por sus siglas en inglés) no impedirá acuerdos con países “no comerciales”, como es el caso de China, solamente demandará una consulta previa, para que los tres socios tengan conocimiento sobre lo que cada uno está negociando, aseguró el Consejo Coordinador Empresarial (CCE).

Juan Pablo Castañón, presidente del CCE, precisó que el nuevo acuerdo comercial da diferentes ventajas Al país, y entre éstas el poder mantener las exportaciones a China ya que, a raíz de los aranceles que impuso la administración Trump a diferentes productos del gigante asiático, “hay productos mexicanos que pueden tener competitividad en ese mercado”.

“Los socios comerciales que hemos seleccionado son economías que van por el libre mercado y dónde se da la libre competencia, de tal forma que los accesos a mercados se den bajo igualdad de circunstancias”, precisó Castañón.

Y es que en el capitulo 32.10 del USMCA, se habla sobre una restricción en caso de que México, Estados Unidos o Canadá quiera crear acuerdos de libre comercio con países considerados por la Organización Mundial del Comercio (OMC), específicamente China; sin embargo, el líder del CCE, insistió que solo se trata de una consulta.

Por ello, Moisés Kalach, director del Consejo Consultivo Estratégico del CCE en las negociaciones del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), precisó que este artículo es más bien una “cláusula de consulta”, en la que en caso de que un país del USMCA decida crear acuerdos comerciales con países “no mercado”, se deberá informar a cualquiera de sus socios comerciales.

Explicó que la clausula señala que tres meses antes de intentar realizar algún vínculo, se deberá notificar a los socios comerciales y, después, en caso de que un país (México, EU o Canadá) pida información detallada a otro se deberá brindar de manera inmediata.

Kalach detalló que máximo 30 después de la firma de los textos con un país “no mercado”, éstos tendrán que ser presentados a cualquier socio comercial para que se sometan a revisión, y dar un visto bueno.

TPP garantiza comercio abierto

Por otra parte, Kalach precisó que el Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (TPP) garantiza que México y Canadá puedan negociar con otros países en caso de que no se puedan hacer tratados por lo acordado en el USMCA.

Explicó que en el caso del capítulo 11, que trata sobre la solución de controversias entre empresa y Estado, éste quedó fuera para Estados Unidos y Canadá; mientras que para EU y México se aplicaría en situaciones específicas que convengan a la industria clave estadounidense, como el energético io infraestructura, pero Canadá y México aplicarán esta medida en el TPP.