La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), otorgó amparo a Aciel Sibaja y José Antonio Altamirano, tesorero y representante, respectivamente, de la Sección 22 de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), correspondiente a Oaxaca.

 

El efecto del amparo es revertir el aseguramiento de sus cuentas bancarias, que fueron retenidas desde el año 2015 por la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda, como parte de una investigación por lavado de dinero.

 

La Corte puntualizó que la afectación al derecho a la propiedad que supone una medida de este tipo, únicamente es atribuible a las autoridades que fija el derecho penal, es decir, al ministerio público, a un juez.

 

No obstante, los ministros evitaron pronunciarse sobre la constitucionalidad del artículo impugnado, el 115 de la ley de instituciones de crédito, y se limitaron a otorgar el amparo en contra de su aplicación.

 

“De acuerdo con el amparo en revisión 1181/2017, el proyecto propone primero: la justicia de la Unión no ampara ni protege al quejoso en contra del Artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y por las disposiciones de carácter general a que se refiere dicho precepto; segundo, la justicia de la Unión ampara y protege al quejoso por el acto de aplicación reclamado”, externó la secretaria de acuerdo de la corte, Patricia Penagos.

 

fahl