La Segunda Sala de la Corte negó por unanimidad el amparo al Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares (SNTMMS), que encabeza Napoleón Gómez Urrutia, y que en 2017 perdió la titularidad del contrato de la empresa Minera Carbonífera Río Escondido (Micare), filial de Altos Hornos de México.

 

La participación de la Corte se limitó a revisar la Constitucionalidad de algunos artículos de la Ley Federal del Trabajo que regulan los conflictos por titularidad de contrato colectivo y el recuento de votos de los trabajadores, impugnados por el SNTMMS.

 

El ministro Eduardo Medina Mora propuso a sus colegas avalar los artículos 389, 390 y 931 de la ley, que según el sindicato de Gómez Urrutia violarían el Artículo 123 de la Constitución por permitir la intervención patronal en estos conflictos.

 

“No transgreden el principio de libertad sindical, ya que el hecho de que no prohíban la intervención de los patrones o empresas patronales en los juicios especiales de titularidad de los contratos colectivos de trabajo, de ninguna manera implica, de suyo, algún acto que merme en la libertad de asociación de los trabajadores, pues no los vincula a afiliarse o no a un determinado sindicato”, resolvió la Sala sobre los artículos.

 

En febrero de 2017, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje dictó el laudo en el que confirmó que el SNTMMS ya no es titular del contrato colectivo de Micare, la cual produce 7 millones de toneladas de carbón, que es vendido a la Comisión Federal de Electricidad (CFE)para la operación de dos de las centrales termoeléctricas más importantes del país.

 

fahl